Congresistas y parlamentarios andinos podrán viajar al exterior si cumplen estos requisitos

De acuerdo al informe, solo se atenderán las solicitudes que cuenten con la justificación adecuada en relación al trabajo del legislador. (Foto: Andina).

La Mesa Directiva del Congreso acordó colocar requisitos de protocolo para autorizar a los congresistas de la República, con el fin de poder viajar al exterior con dinero del Estado y serán colocados en el portal web del Parlamento para asegurar la transparencia de lo sucedido.

Según el documento, la Mesa Directiva sólo atenderá las invitaciones de legisladores a eventos que provengan de instituciones gubernamentales reconocidas internacionalmente.

Además, solo se atenderán las solicitudes que cuenten con la justificación documentada que se encuentre relacionada con el trabajo parlamentario

“La Mesa Directiva no aprobará viajes al exterior a todo aquel parlamentario que por Acuerdo de Mesa Directiva haya participado en eventos internacionales y que tras quince días de culminado su viaje no haya presentado ante la Oficialía Mayor un informe detallado sobre el mismo, el que será remitido al Consejo Directivo”, se acota.

Asimismo, no se autorizará viajar al exterior en futuros eventos internacionales a los parlamentarios que no hayan presentado su rendición de cuentas de viáticos ante el Departamento de Finanzas, dentro de los 7 días calendarios de culminada su participación en el evento.

De igual forma, para un solo evento, las delegaciones de viaje deben estar conformadas por un máximo de cinco parlamentarios y que, excepcionalmente, la Mesa Directiva podrá aprobar las solicitudes de viajes cuando las invitaciones provengan de instituciones con fines de lucro, entidades privadas, religiosas, partidos políticos con fines proselitistas y asociaciones no reconocidas por organismos oficiales.

Otro medida de la administración de José Williams es que, al término de un viaje oficial, los informes de los congresistas serán publicados en el portal del Congreso de la República, y que la  Mesa Directiva tiene la potestad de renovar el cuadro de cargos de los miembros designados ante los organismos internacionales.

“Luego de que la Mesa Directiva, a propuesta de un grupo parlamentario, designe a un congresista ante algún organismo internacional y este parlamentario deje de pertenecer al mismo, podrá ser sustituido inmediatamente por otro miembro que designe la bancada. Igualmente, los grupos parlamentarios podrán sustituir a los congresistas por motivos de salud u otras consideraciones”, finaliza el acuerdo.