Clientes podrán ser indemnizados por conductas anticompetitivas de empresas.

Se podrá demandar ante el Poder Judicial la pretensión civil de indemnización por daños y perjuicios.

El Indecopi publicó este martes los ‘Lineamientos sobre Resarcimiento’ que permitirán indemnizar a los consumidores que sean afectados por conductas anticompetitivas de las empresas en el país.

En ese sentido, dentro del Texto único Ordenado de la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas queda precisado que una vez la resolución administrativa declare la existencia de una conducta anticompetitiva, toda persona que haya sufrido daños como consecuencia de esta conducta, siempre y cuando sea capaz de mostrar un nexo causal, podrá demandar ante el Poder Judicial la pretensión civil de indemnización por daños y perjuicios.

Según indica Indecopi, estos lineamientos establecen procedimientos para que se puedan iniciar demandas ante el Poder Judicial contra las compañías para indemnizar económicamente a los usuarios.

Por ejemplo, se podría compensar económicamente a aquellos clientes afectados por los cárteles de empresas que se coluden para subir los precios de sus productos o servicios.

El texto indica que una vez que el Indecopi declare, mediante resolución, que una empresa tuvo una conducta anticompetitiva, las personas que se hayan visto perjudicadas podrán realizar la demanda de pretensión civil si es capaz de mostrar un nexo causal.

El Indecopi precisa que los cárteles descubiertos en veinte países en desarrollo, incluido el Perú, durante el periodo 1995 – 2013 habrían afectado hasta un 6.38% del PBI e incrementado los precios de venta en un 24.02%.

S.C.R