El pasado miércoles se hizo público que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) admitió una demanda de la defensa del terrorista Victor Polay Campos, cabecilla del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA).
De esta manera, la clase política retomó el debate sobre si las decisiones que suele dar la CIDH y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) se basan en actuar de manera objetiva o simplemente sus respuestas obedecen a una ideología izquierdista.
Es por ello que en esta nota repasaremos los casos más polémicos en los que los organismos de la Organización de Estados Americanos (OEA) han emitido un informe o fallos.
FALLOS POLÉMICOS
Uno de los más sonados ocurrió el año pasado, exactamente el 7 de abril, donde la CIDH emitió una resolución en el caso de Barrios Altos y La Cantuta, en el que ordenó que no se acate el fallo del Tribunal Constitucional (TC) para liberar al expresidente Alberto Fujimori.
“El Estado del Perú debe abstenerse de implementar la sentencia dictada por el TC que restituye los efectos al indulto por razones humanitarias concedido a Alberto Fujimori”, indicaron
El exmandatario (85) se encuentra preso en el penal de Barbadillo desde el 2007.
Sin embargo, los fallos de la Corte IDH que han provocado mayor indignación tienen que ver con el pago de una reparación civil para dos sentenciadas y una procesada por terrorismo.
Así, la primera sentencia se publicó en el 2004 a favor de Lori Berenson, la periodista norteamericana con nexos con el MRTA. Ella fue arrestada en 1995 con otros miembros cuando planeaban tomar el Congreso y secuestrar a los legisladores a cambio de dinero.
El Gobierno de Alejandro Toledo le pagó 30 mil dólares en cumplimiento con una sentencia de la Corte.
Ahora, en 2013, la Corte ordenó que el Estado pague 90 mil dólares a la camarada “Matilde”, luego de que denunciara haber sido detenida de manera ilegal y torturada.
Ella salió del país en medio de un juicio por terrorismo tras ser denunciaba por colaborar con la propaganda de Sendero Luminoso. Ahora se encuentra asilada en Reino Unido.
Mientras que el 20 de noviembre de 2014, se publicaría otro fallo a favor de Gladys Espinoza Gonzáles. La Asociación Pro Derechos Humanos y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional denunciaron que Espinoza fue detenida de manera arbitraria en 1993 y que fue torturada.
“El Estado debe, en un plazo razonable, abrir, impulsar, dirigir, continuar y concluir, según corresponda y con la mayor diligencia, las investigaciones y procesos penales pertinentes, a fin de identificar, procesar y, en su caso, sancionar a los responsables de las graves afectaciones a la integridad personal ocasionadas a la señora Gladys Espinoza”, ordenaron.
Se ordenó que el Estado peruano desembolse 105 mil dólares a favor de la condenada a 25 años de prisión por haber pertenecido al MRTA.
¿RECOMENDACIONES?
Por otro lado, están las resoluciones con carácter de recomendación que emitió la CIDH.
El 3 de noviembre de 2003, la CIDH publicó una recomendación que podría considerarse como polémica, puesto que de acuerdo con un informe que realizaron tras visitar el Perú, recomendaron cerrar el penal de Challapalca ubicado entre Tacna y Puno, el cual es usado para albergar a los criminales más peligrosos a nivel nacional.
“Que las condiciones de detención de las personas allí recluidas, originadas por la situación geográfica donde se encuentra ubicado el Penal de Challapalca, se convierten en un castigo adicional para ellos, sus familiares y para el personal del Instituto Penitenciario allí destacado, poniendo en peligro el derecho a la vida, violando la obligación de protección a la integridad personal y al derecho de una privación de la libertad en condiciones dignas y seguras”, expresó el órgano.
Un segundo informe polémico que emitió la CIDH se dio en abril de este año, un extenso documento que concluyó que hubo graves violaciones a los derechos humanos durante las protestas contra el Gobierno y el Congreso, entre el 7 de diciembre y el 23 de enero.
“Al ser perpetradas por agentes del Estado, las muertes podrían constituir ejecuciones extrajudiciales. Además, al tratarse de múltiples privaciones del derecho a la vida, dadas las circunstancias de modo, tiempo y lugar, podrían calificarse como una masacre”, se lee en el documento publicado.
Los calificativos que fueron utilizados por la CIDH como “ejecuciones extrajudiciales” fueron rechazados por la presidenta Boluarte
Precisamente, el caso todavía es investigado por la Fiscalía de la Nación para determinar la responsabilidad de los implicados en las muertes durante las manifestaciones.
Por último, el informe más reciente de la CIDH es el relacionado al caso del cabecilla terrorista Victor Polay, el cual se admite a trámite la demanda de los abogados del emerretista, quienes refirieron que fue condenado en una decisión que “violó su derecho al principio de legalidad y a las garantías judiciales”.