
El sábado pasado se publicó el Decreto de Urgencia que sustenta el Bono de Electricidad, medida que busca favorecer a 5,3 millones de familias de niveles socioeconómicos C y D con un subsidio de 160 soles, para el pago respectivo del servicio de electricidad. Asimismo, el presidente de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec), Crisólogo Cáceres, mencionó que este dinero debería extenderse a la clase media.
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Cáceres calificó de positiva y necesaria la medida optada por el Gobierno, porque no es justo que el pago de electricidad se duplique o triplique en muchos casos. También sustentó, el planteamiento de su idea sobre la extensión de este bono a la clase media, “hay población de clase media que enfrenta el mismo problema con recibos de electricidad que están en el orden de 500 o 600 soles”, argumentó.
Por otro lado, consideró que las empresas encargadas del servicio han realizado cálculos teniendo como base el promedio histórico, pero la facturación tiene como resultado cobros excesivos. “Por ejemplo, si una persona pagaba 200 soles en promedio en los últimos seis meses, ahora le llega un recibo por 500. Esto es inexplicable”, sustentó.
De la misma forma, indicó que el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) debe hacer una supervisión eficiente, técnica y severa; sin embargo, la entidad no muestra presencia sobre lo que está aconteciendo. Además, calificó de inaceptable a la respuesta de Enel, quienes sostuvieron que los incrementos en los recibos son comprensibles, porque las familias pasaron mayor tiempo en casa, debido a la pandemia.
¿A dónde acudir si el monto del recibo de electricidad es excesivo?
Como se sabe, la semana pasada muchas familias reclamaban el incremento en sus recibos, debido a que estos se duplicaban o en peor de los casos se triplicaban a lo que normalmente pagaban. Si esta situación se da, entonces puede hacer el reclamo vía virtual o telefónica, una vez ingresado, ellos facilitarán un código de reclamo. A partir de esta instancia, la empresa del servicio tiene un plazo de 30 días para resolver la situación.
Asimismo, durante este tiempo el usuario no está obligado a pagar nada, porque cuando se presenta un reclamo sobre cobro excesivo, este se suspende hasta cuando se resuelva y una vez que la entidad brinde una respuesta, el usuario puede aceptarla o no y según esto puede apelar, esta vez ante Osinergmin. De igual manera, mientras la empresa del servicio no se pronuncie, no está obligado a pagar la cifra. Si al final de este proceso, el organismo supervisor considera que el usuario debe pagar, se negocia para un pago fraccionado.
J.M.P