El 11 de diciembre, la presidenta Dina Boluarte promulgó la Ley 32181, que reforma el Código Procesal Penal eliminando la detención preliminar en casos donde no exista flagrancia. Este cambio limita las herramientas de fiscales y jueces en investigaciones relacionadas con el crimen organizado y la corrupción, y ha encendido alarmas en sectores judiciales.
La nueva norma, que entra en vigencia este jueves 12, elimina el inciso ‘a’ del artículo 261 del Código Procesal Penal. Hasta ahora, este inciso permitía que un juez ordenara la detención preliminar de un sospechoso de un delito grave, como homicidio o corrupción, siempre que existieran pruebas fundadas y riesgo de fuga o interferencia. Ahora, solo se podrá detener a una persona si es sorprendida en flagrancia, es decir, dentro de las 48 horas posteriores al delito.
La derogación de esta herramienta ha sido duramente criticada por expertos y operadores de justicia, quienes consideran que esta medida podría obstaculizar investigaciones complejas contra redes criminales o casos de corrupción.
La promulgación de esta ley pasó desapercibida durante el debate en el pleno del Congreso, donde la discusión se centró en medidas para proteger a policías que usen sus armas de reglamento. Sin embargo, la norma no solo afecta a los agentes, sino también a todos los investigados en el marco de la justicia penal.
Fiscales y analistas legales temen que esta reforma genere un clima de impunidad, especialmente en investigaciones de alto perfil o casos que involucran a funcionarios públicos. Sin la posibilidad de ordenar detenciones preliminares basadas en indicios sólidos, el sistema de justicia podría enfrentar serias limitaciones para actuar frente a delitos que requieren una intervención rápida y decisiva.
La Ley 32181 marca un cambio radical en el sistema penal peruano, dejando en el aire la pregunta de si esta modificación realmente contribuirá a una justicia más eficiente o si, por el contrario, terminará debilitándola frente al crimen organizado y la corrupción.