El consejo de administración de la Superintendencia de Mercado de Valores (SMV) dio su aprobación el 18 de septiembre último al Reglamento de Administración de Riesgos Crediticios, tras haber considerado los aportes de 22 actores del mercado durante dos rondas de consultas públicas.
Dicha decisión se implementó a través de la divulgación de la Resolución N° 010-2023-SMV/01
La creación de este reglamento se originó debido a la necesidad de que las instituciones establezcan pautas mínimas para la gestión del riesgo crediticio (RC), el cual se define como la posibilidad de sufrir pérdidas a causa de la incapacidad o falta de voluntad de sus emisores, deudores o terceros obligados, para cumplir con sus obligaciones contractuales en una fecha específica.
Asimismo, entre las directrices fundamentales que las instituciones deben cumplir se incluyen la creación de un manual de gestión de riesgo crediticio que abarque aspectos como la política de riesgo y sus límites de exposición, la metodología para evaluar el riesgo crediticio, los procesos internos para la comunicación, regular los niveles de exposición y la identificación de indicadores anticipados para prevenir pérdidas relacionadas con el riesgo de crédito.
Además, la gestión de riesgos financieros, incluyendo el riesgo de crédito, debe adaptarse a la naturaleza del negocio, el tamaño de la entidad, el volumen de transacciones y la complejidad de las operaciones.
Finalmente, el nuevo reglamento entrará en vigor el 1 de enero de 2024, con plazos de cumplimiento diferenciados para entidades que pertenecen a conglomerados financieros (30 de septiembre de 2024) y para las sociedades administradoras de financiamiento participativo financiero (31 de diciembre de 2025).