La norma en mención señala que constituyen recursos del Focam el 25% de las regalías que pertenecen al Gobierno Nacional procedentes de los Lotes 88, 56 y 57, luego de efectuadas las deducciones provenientes del pago de canon gasífero al que se refiere el artículo 11 de la Ley 27506, Ley de Canon.
En ese sentido, según la ley, la recaudación de los recursos del Fondo de Desarrollo Socioeconómico del Proyecto Camisea que se origine por el lote 57 iniciará a partir del 1 de enero del próximo año. De esta manera, se añade el lote 57 ya que antes solo estaban los lotes 88 y 56.
Es importante señalar que el Fondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea es un fondo intangible que tiene la finalidad de colaborar con el desarrollo sostenible de los departamentos por donde están los ductos principales que contienen los hidrocarburos de los lotes. Además, la Ley N° 28622 extiende los beneficios al departamento de Ucayali.
Por otro lado, Camisea es el proyecto gasífero más importante del Perú, ya que contribuye más del 40% de la energía en el país. Asimismo, es uno de los yacimientos más importante de Latinoamérica.