“Vulneración del principio de independencia judicial» o «independencia de poderes”

Por: Alejandro Marco Aurelio Capcha Hidalgo
Periodista: Reg.: -N°-4654-

El pronunciamiento del Instituto de Defensa Legal (IDL) sobre la decisión del Tribunal Constitucional (TC) respecto a la Ley 32107 es visto como un intento de socavar la autoridad judicial y ejercer presión indebida sobre el sistema de justicia peruano.
Al Tribunal Constitucional se le ha confiado la defensa del principio de supremacía constitucional, es decir, como supremo intérprete de la Constitución, cuida que las leyes, los órganos del Estado y los particulares, no vulneren lo dispuesto por ella.

Más grave aún es la presión explícita hacia los jueces del Poder Judicial, a quienes se insta a declarar la inaplicación de la Ley 32107 mediante el llamado control difuso . En otras palabras, se alienta a los jueces a desobedecer una ley aprobada por el Congreso de la República, órgano soberano del poder legislativo, y a desconocer la resolución del máximo intérprete de la Constitución. Esta exhortación no solo es temeraria: constituye una clara intromisión en el funcionamiento independiente del sistema judicial, que pone en riesgo el principio de separación de poderes.


Más grave aún es el acoso manifiesto a los magistrados del Poder Judicial, a quienes se conmina a declarar la inaplicación de la Ley 32107 mediante el mecanismo del control difuso. Resulta aún más preocupante la presión explícita ejercida sobre los jueces, urgiéndolos a inaplicar la Ley 32107 a través del control difuso. En otras palabras, se incita a los jueces a contravenir una ley legítimamente aprobada por el Congreso de la República, un órgano soberano del poder legislativo, y a desacatar la resolución del máximo intérprete de la Constitución. Cabe resaltar, el mensaje es claro: se alienta la desobediencia judicial de una norma emanada del parlamento soberano, ignorando además el pronunciamiento del Tribunal Constitucional como máximo intérprete de la Carta Magna. Esta exhortación no solo es temeraria e irresponsable: constituye una flagrante intromisión en la autonomía del sistema judicial, que socava el principio fundamental de separación de poderes.


Influencia indebida / injerencia política: Términos que describen la acción de la ONG de intentar modificar políticas públicas o decisiones gubernamentales sin legitimidad democrática.
IDL, se cree el Centro de poder extra legislativo/extrajial: Enfatiza que su poder no emana de la Constitución ni de las leyes, sino de otros medios. Arrogarse atribuciones, Implica que la organización se atribuye funciones o competencias que legalmente no le corresponden.
«Nadie ha elegido a IDL para gobernar ni para decidir qué leyes deben aplicarse o no» porque escasea Carencia de legitimidad democrática de representación popular y, enfatiza que la ONG no ha sido elegida por el pueblo, a diferencia de los funcionarios públicos.
La instrumentalización del discurso de los derechos humanos para fines políticos. La banalización/politización de los derechos fundamentales. La descalificación sistemática de quienes ejercen funciones públicas en cumplimiento de sus competencias legales. La campaña de desprestigio contra funcionarios que actúan con la labor de servidores públicos. La erosión deliberada de la autoridad de los funcionarios amparados en sus funciones. En vez de fortalecer las instituciones, las debilitan. Lejos de robustecer la institucionalidad, la socavan/erosionan/menoscaban. Su efecto es el debilitamiento de la institucionalidad democrática. En lugar de promover el respeto al orden constitucional, siembran la idea de que solo es válido aquello que se ajusta a su visión particular del mundo. Incentivan el acatamiento selectivo de la ley o del ordenamiento jurídico.


Enfatiza la necesidad de un sistema de justicia fuerte e independiente y rechaza la interferencia externa. El Perú necesita hoy más que nunca instituciones sólidas, jueces independientes y un marco legal que se respete. Es crucial/imperativo contar con una institucionalidad robusta, un Poder Judicial autónomo y apego irrestricto al estado de derecho.


El intento de cooptar la justicia desde fuera, por parte de actores no electos ni fiscalizados democráticamente, es una amenaza que debemos rechazar con firmeza. La injerencia indebida en el sistema de justicia por parte de agentes externos (ONGs, grupos de presión, etc.) es inaceptable. Se debe condenar/repudiar la presión ejercida sobre el sistema judicial por entidades no sujetas a control democrático.
Los poderes del Estado deben actuar sin presiones ni intimidaciones. Solo así podremos garantizar una verdadera justicia y una democracia duradera. Es fundamental que las ramas del gobierno actúen con total independencia. Si los jueces y fiscales le hacen caso al IDL, cuando pierdan sus trabajos, que Gorriti les dé empleo en su ONG. En otras palabras, la idea central, siguiere que los magistrados que se alinean con la postura del IDL (o actúan bajo su presunta influencia) no son verdaderamente independientes y que, si son destituidos por ello, deberían buscar trabajo con ellos, ya que su lealtad no está con el Estado. «Quien sirve a dos amos, a uno traiciona» (refrán que alude a la lealtad dividida).»Que asuman las consecuencias de sus alianzas» (una forma más formal de expresar la idea). «Si responden a intereses de la ONG, que la ONG se haga cargo de su futuro laboral».