A partir del 8 de septiembre los familiares de los aportantes del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi), podrán realizar el cobro de los aportes si se encuentran en la lista. Se incluye a los contribuyentes, de una edad a partir de 68 años y a las personas que perdieron la vida hasta el 31 de julio del presente año, que en la actualidad hubiesen cumplido 89 años de edad.
Un aproximado de 11 mil herederos, acudirán este lunes al Banco de la Nación (BN) para recibir el pago que corresponde a sus parientes que perdieron la vida. Se recomienda que antes de dirigirse a la entidad financiera estatal, valide si su familiar se encuentra en la lista de devolución del Fonavi, ingresando al siguiente link: https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavic2/
Además, tienen que presentar una declaración jurada que deberá ser descargada en la página web del BN, copia certificada de la partida de defunción y documentos que acrediten el vínculo. Asimismo, tomar en consideración el orden de prioridad y los requisitos que deberá presentar:
- Pareja con vínculo legal: Mostrar el acta de matrimonio, pero si solo es conviviente le corresponde presentar un certificado emitido por la SUNARP que constate la unión del hecho con una antigüedad mayor a 10 días hábiles para Lima; mientras que para provincia, mayor a 15 días hábiles.
- Hijos: Presentar su partida de nacimiento, esto aplica tanto para hijos legítimos como adoptados. Además, se tiene que presentar la partida de nacimiento de todos los solicitantes.
- Padres: La partida de nacimiento del fallecido o el acta de defunción.
- Hermanos: La partida de nacimiento del fallecido y del beneficiario. En caso de ser más de un hermano, presentar la partida de nacimiento de todos los solicitantes.
- Otros: Por último, los sucesores que son mencionados en un testamento válido o sucesión intestada. Es necesario, que muestre el testamento legal o la copia; y si es por sucesión, deberá entregar el certificado de la sucesión intestada emitido por la SUNARP.
Es importante recordar que los documentos que presentan los herederos del Fonavista, tienen que acreditar 30 días hábiles como mínimo desde su emisión, y de esa manera se hará válido que existen lazos con los fallecidos.









