La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema archivará de forma definitiva la investigación preliminar contra la fiscal suprema Zoraida Ávalos por presunta omisión de funciones. Este proceso penal se originó a partir de una acusación constitucional aprobada por el Congreso en junio de 2023, que acusaba a la exfiscal de la Nación de negarse a investigar al expresidente Pedro Castillo.
Ávalos, mediante una excepción de improcedencia de acción (argumentando que el hecho imputado no constituye delito), consiguió que el juez supremo de investigación preparatoria Juan Carlos Checkley desestimara la causa penal y archivara el caso en primera instancia. Esta decisión fue apelada por la Procuraduría General del Estado.
Durante la audiencia de apelación celebrada el viernes 31 de mayo, Wilfredo Bejarano, representante de la PGE, afirmó que se había violado el derecho a un plazo razonable, ya que Checkley se tomó más tiempo del previsto para resolver la excepción y no se pronunció sobre la reparación civil solicitada, que asciende a 200 mil soles.
El presidente de la Sala Suprema Penal Permanente, el juez supremo César San Martín, le preguntó a Bejarano si la apelación se limitaba exclusivamente a la cantidad de la reparación civil.
“Entiendo entonces que acá no está en discusión si el hecho constituye delito o no. El tema de fondo no es materia de este proceso. La Procuraduría, corríjame si me equivoco, cuestiona vulneración del plazo razonable, vulneración al debido proceso de modo general, así como un tema de que hay un ámbito que requería un pronunciamiento expreso y no al hecho que es el de la reparación civil. ¿Es así, señor doctor?”, preguntó San Martín, a lo que el representante de la PGE contestó con un “conforme, señor presidente”.
El fiscal adjunto supremo Jaime Alcides Rodríguez aseguró que el Código Procesal Penal “no sanciona con nulidad” el incumplimiento del plazo establecido para resolver una excepción y que “su inobservancia solo acarrearía responsabilidad disciplinaria”.