El pasado 8 de junio el Congreso aprobó una norma que evita a los reos por delito de violación, feminicidio y trata de personas, acceder al programa de beneficios penitenciarios.
Esto significa que, deberán cumplir la pena completa por su crimen, además se anulará para ellos la rebaja de condena por trabajo o educación; anteriormente podían reducir un día de cárcel por dos días de trabajo, sin embargo, con la nueva ley, ya no podrán hacerlo.
Del mismo modo, la libertad condicional o semi-libertad no se aplicara en condenados por los delitos de tortura, discriminación, atentado contra la integridad nacional, participación en grupo armado dirigido por extranjero, espionaje, entre otros.
“La eliminación de beneficios penitenciarios para feminicidas, violadores y parricidas suma en la lucha contra violencia familiar”, escribió en su cuenta de Twitter, Ana María Romero, ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
Sin embargo, los internos sentenciados por delitos, de parricidio, feminicidio, trata agravada de personas, violación de la libertad sexual y otros delitos podrán trabajar o estudiar 6 días, para reducir un día de cárcel.
N.R.C.H