Para conocer un poco más sobre los plazos y obligaciones empresariales, a través de una entrevista con diario Correo, la experta nos habla sobre este nuevo plazo límite del 15 de diciembre para cumplir con el pago obligatorio de gratificaciones.
La líder del área Laboral del estudio Miguel Mur & Abogados, Patricia Kcomt, proporciona detalles cruciales sobre este beneficio legal que se otorga a todos los trabajadores formales, ya sea con contratos temporales o indefinidos.
“Las empresas deben realizar el depósito correspondiente a la gratificación, y el monto variará según el régimen laboral aplicable a cada entidad.[…], mientras que aquellos en pequeñas empresas deben recibir el 50% de su remuneración mensual”, explicó.
Asimismo, Kcomt destaca que “no se requiere un pago adicional por EsSalud respecto al monto de la gratificación, pero el empleador deberá depositar al trabajador una solicitud extraordinaria, representando el 9% de la gratificación si el trabajador no está afiliado a ninguna Entidad Prestadora de Salud (EPS) y en caso de contar con EPS, la compensación será del 6,75%”.
En caso de no cumplir con el pago de las gratificaciones, estas multas varían según el régimen de las empresas y el número de trabajadores afectados. Para pequeñas empresas, las multas oscilan entre 0,45 y 4,50 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), mientras que las medianas o grandes empresas podrían enfrentar multas que van desde 1,57 hasta 26,12 UIT.
Finalmente, es imperativo que las empresas cumplan con estos plazos y obligaciones para evitar sanciones y garantizar un ambiente laboral armonioso durante la temporada navideña.