El equipo especial Lava Jato brindó al Poder Judicial la apelación que presenta una serie de argumentos para que el caso de Pedro Pablo Kuczynski (PPK) vuelva a etapa de investigación y logre vigencia nuevamente y que fue firmado por el fiscal Walter Villanueva.
El primer argumento que presenta la fiscalía es dejar inhabilitada la tutela de derecho, ya que este recurso solo se debe presentar en la etapa de investigación, no en la etapa intermedia del proceso. Y solo se atendería en caso donde no hubo investigación y la fiscalía presentó una acusación directa. Además, el Ministerio Público no considera que los derechos (de defensa, prueba y contradicción) sean necesarios: “Existen otros instrumentos procesales para su defensa”, añadieron.
La fiscalía debate que Chávez Tamariz omita hechos que estaban siendo investigados, con la excusa de necesitar una aprobación del juzgado antes del cierre de la investigación, por ejemplo, Denisse Hernández, no fue incluida en esta acusación fiscal. También planteó la idea de recoger el testimonio de Ray Hunt, Paolo Roca y Nicolás Rohatyn, para cerrar investigación.
Asimismo, en los argumentos resaltó la autonomía del Ministerio Público para elegir cuándo inicia, cuándo formaliza y cuando concluye una investigación. Por lo tanto, consideran que el juez “no puede ordenar al fiscal que continúe o culmine, y tampoco puede ordenarle que acuse o no, esas decisiones corresponder a su perspectiva”.
Por tanto, un juez no puede anular una disposición fiscal, como sucedió en este caso al anular el cierre de investigación. “si bien el juez imparte un rol fundamental, esto no lo convierte en un juez que se exceda en sus funciones”, enfatizaron.
¿Qué continúa después de la apelación?
Expuesta la apelación de la fiscalía, el juez Chávez Tamariz tendrá que evaluar si cumple los requisitos formales para admitir y elevarla a una segunda instancia. También debe evaluar si acepta el pedido de la fiscalía para su veredicto de primera instancia quede sin efecto hasta que la sala de apelaciones se pronuncie.
Finalmente, para una segunda instancia debe ser revisado por la Tercera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada (CSNJPE). Luego, ellos tendrán que revisar la apelación de la fiscalía y emitir un comunicado definitivo mediante audiencia.