El pasado 3 de marzo, el congreso de la República aprobó el PL N° 3131 que propone modificar el código de Protección de Defensa del Consumidor, respecto a la prohibición de la llamadas spam. Estableciendo que solo los proveedores podrán utilizar los números telefónicos y direcciones electrónicas de clientes o usuarios que les hayan dado su consentimiento.
El Gobierno peruano observó que la iniciativa afecta la libertad de empresa y los usuarios, ante esto el Ejecutivo manifiesta que se «necesita de un test de proporcionalidad para ponderar los principios de idoneidad y necesidad de la medida». Además, señalan que la disposición establecida de que los proveedores solo podrán enviar información y hacer publicidad cuando sus usuarios se contacten con ellos, limita las libertades económicas reconocidas constitucionalmente en los artículos 58 en delante de la Constitución Política.
Asimismo, según la Asociación Peruana de Experiencia de Cliente (Apexo), el proyecto de ley del Congreso podría afectar y costar el empleo de 20 mil jóvenes que trabajan en el rubro de “call center”.