La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, presidida por el juez César San Martín, declaró este martes 20 de diciembre infundados los recursos interpuestos por Ollanta Humala, Nadine Heredia y otros, en el proceso por lavado de activos.
De esta manera, la Sala Penal Permanente determinó que los aportes del gobierno venezolano de Hugo Chávez, y las empresas brasileñas Odebrecht y OAS a las campañas del 2006 y 2011 del expresidente Ollanta Humala sí constituyen el delito de lavado de activos. Por lo tanto, será en juicio donde se determine si se ha cometido o no el ilícito.