Carnet de vacunación Covid-19: ¿Quiénes y en qué lugares aún es obligatorio presentarlo?

Minsa informó qué población y en qué lugares continúa la exigencia del carné de vacunación contra el coronavirus. (Foto: GEC).

La presentación del carné de vacunación contra el Covid-19 para ingresar a establecimientos continuará siendo requerida, sin embargo, para algunos grupos poblacionales y espacios específicos esta medida seguirá siendo de carácter obligatorio. Así informó el Ministerio de la Salud (Minsa) a través de un comunicado emitido hoy viernes 02 de setiembre.

Esta aclaración por parte del sector Salud se produce luego de que cientos de ciudadanos manifestaron dudas y consultas hacia el Gobierno sobre la exigencia de presentar el carné de vacunación para poder ingresar a ciertos espacios concurridos como los centros comerciales.

Por medio de un pronunciamiento, el Minsa citó el Decreto Supremo 108-2022-PCM, mediante el cual se prorroga el estado de emergencia nacional por la pandemia del Covid-19, y para aclarar qué población tendrá que seguir cumpliendo con la disposición de presentar el carné de vacunación.

La entidad especificó que la exigencia de dicho documento continúa en espacios cerrados, con excepción de centro de trabajo. Asimismo, aclararon que se dispone que la verificación del carné físico o virtual de vacunación que acredite la aplicación de la vacuna en el Perú o en el extranjero deberá presentarse junto con algún documento de identidad oficial.

De esa manera se precisó cuáles son las poblaciones que deberán presentar carné de vacunación. Entre ellas figuran: las personas mayores de 18 años que deseen ingresar a espacios cerrados o conglomerados, los mayores de 12 años que hagan uso del transporte aéreo nacional y transporte interprovincial, y los mayores de 5 años que ingresen a espacios deportivos.

Sobre los espacios donde se debe presentar el documento, el Minsa aseguró que para los mayores de 18 años el carné les permitirá ingresar a tiendas por departamento, tiendas en general, conglomerados, tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, restaurantes y afines en zonas internas, casinos, cines, teatros, bancos, entidades financieras, iglesias, templos, lugares de culto, bibliotecas, museos, centros culturales, galerías de arte y clubes, y locales de asociaciones deportivas.

Los mayores de 12 años deberán presentar el carné cuando hagan uso del servicio de transporte aéreo nacional, servicio de transporte interprovincial y espacios deportivos. Esta población deberá contar con las tres dosis aplicadas, solo de esa forma podrán abordar o ingresar a dichos lugares.

En cuanto a los mayores de 5 años, estos podrán ingresar a coliseos o espacios deportivos presentando el carné de vacunación físico o virtual que contenga las dos dosis contra el Covid-19 aplicadas en el Perú o en el extranjero.

Por otro lado, el pasado domingo 28 se promulgó el Decreto Supremo 108-2022-PCM, el cual realiza ciertas modificaciones a las restricciones que trae la emergencia sanitaria. Entre los cambios elimina el artículo 4.9 del Estado de Emergencia, que hacía obligatorio la acreditación del esquema de vacunación para poder realizar trabajo presencial. Con esta nueva modificación ya no sería obligatorio contar con las vacunas completas para poder trabajar de manera física en el sector privado.

“Toda persona que realice actividad laboral presencial, debe acreditar su esquema completo de vacunación contra la Covid-19, siendo válidas las vacunas administradas tanto en el Perú como en el extranjero”, indicaba la norma.

USO DE MASCARILLAS

Cabe mencionar que, en cuanto al uso de mascarilla, el Decreto Supremo Nº 108-2022-PCM, establece que es obligatorio el uso de una KN95, o en su defecto una mascarilla quirúrgica de tres pliegues y encima de esta una mascarilla comunitaria (tela) en lugares cerrados.

Sin embargo, establece que su uso es opcional en espacios abiertos, en el país, pero obligatorio para personas con síntomas respiratorios, tanto en espacios abiertos y cerrados. La norma también precisa que en el caso de restaurantes o similares las mascarillas podrán ser retiradas solo al momento de ingerir los alimentos.

En las instituciones educativas, detalla que el uso de mascarilla es opcional para los estudiantes, pero debe garantizarse una ventilación adecuada conforme a la normativa vigente. Sin embargo, el uso es obligatorio para el personal docente.