Tras el anuncio del aumento de la Remuneración Mínima Vital (RMV) a S/ 1,025, también se ha informado el incremento de la asignación familiar, la cual se le otorga a los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada que tienen hijos menores de 18 años o que se encuentren siguiendo estudios superiores o universitarios, lo cual hace que se prolongue hasta los 24 años.
De acuerdo a la Ley N° 25129, este beneficio representa el 10 % de la RMV y se abona al personal cuyos salarios no se regulan por negociación colectiva, cualquiera que fuere su fecha de ingreso. Ante ello, la asignación familiar subirá de S/ 93.00 a S/ 102.50 por trabajador.
El abogado laboralista, Carlos Cadillo Ángeles, señaló que el monto se pagará al trabajador independientemente de la cantidad de sus hijos por lo que, si la madre y el padre son trabajadores de un mismo empleador, cada uno tendrá derecho a percibir la asignación. Asimismo, si un trabajador tiene más de un empleo, tiene derecho a recibir el beneficio por cada relación laboral existente.
“El incumplimiento de pago o el pago tardío o diminuto está tipificado como infracción grave en materia de relaciones laborales, por lo que podrá ser sancionado por la Inspección del Trabajo”, agregó Cadillo.
Según el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), la asignación familiar la abonará la empresa desde el momento en que el trabajador acredite la existencia del hijo o hijos que tuviere y bajo la misma modalidad con la se efectúa el pago de las remuneraciones a su personal. Cabe señalar que, el beneficio de asignación familiar, se abonará por separado y en forma adicional al sueldo, lo que deberá constar en la boleta de pago que se entrega a los trabajadores.
El MTPE manifestó que algunos regímenes laborales especiales incluyen a la asignación como parte de los beneficios de sus trabajadores. Sin embargo, existen otros que no consideran este derecho, ya sea porque regulan un beneficio análogo establecido mediante ley o convención colectiva.








