Dichos proyectos, se trata de reforma constitucional para añadir al artículo 207 de Constitución Política del Perú vigente, con la finalizar de que el Congreso conceda someter a referéndum la convocatoria de una Asamblea Constituyente en las Elecciones Regionales y Municipales del 2022, así también, una vez elaborada la nueva Constitución por los asambleístas, sea subordinada a otro referéndum para su aprobación.
Conforme al texto, la convocatoria para la selección de los miembros de la Asamblea Constituyente se encontrará a cargo del presidente Pedro Castillo con la aprobación del Consejo de ministros, por la solicitud de los dos tercios del número legal de congresistas o por el 0.3 % de la población electoral nacional.
Dicha determinación se presenta al Congreso para su debida aprobación. Asimismo, el Ejecutivo fundamenta la integración de una Asamblea Constituyente en la Carta Magna indicando que el pueblo es el titular del poder constituyente y a través de este poder se puede dar un proceso de reformar total de la Constitución.
Por tal motivo, el documento presentado detalla que existen experiencias de otros países, con relación a la Asamblea Constituyente y el cambio de Constitución, como es el caso de Colombia, Costa Rica, Chile, Guatemala y Uruguay.
A.E.C.V.