La Comisión de Constitución y Reglamento considera inadmisible la llamada a referéndum del presidente Pedro Castillo para consultar al pueblo sobre la posibilidad de brindarle acceso marítimo a Bolivia.
En un comunicado, los congresistas de la mencionada comisión, liderada por Patricia Juárez de Fuerza Popular, mostraron su preocupación por las recientes declaraciones del mandatario.
«No consideramos admisible que quien está a cargo de la política exterior y las relaciones internacionales desconozca públicamente el Texto Fundamental y anuncie una consulta popular constitucionalmente inviable».
Asimismo, sustentan que la Constitución Política en su Artículo 32 instituye la incapacidad de someter a referéndum los tratados internacionales.
«La Constitución Política establece, en su artículo 32, que no pueden someterse a referéndum los tratados internacionales en vigor, tal y como lo es el Tratado de Rectificación de Fronteras firmado entre el Perú y Bolivia en 1909 (Tratado Polo-Bustamante)».
Añaden que en el Artículo 154 se consagra que el territorio del Estado es inalienable e inviolable y que es el deber del presidente adoptar “medidas necesarias para la defensa de la República, de la integridad del territorio y de la soberanía del Estado”.