A través de un comunicado emitido por el Ministerio del Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) la multa ascenderá a 5253 unidades financieras (UIT); es decir S/. 241.638.
“No aceptar la prueba antígena es una contravención a la directiva emitida por el Ministerio de Salud (Minsa), afectando los derechos en seguridad, salud y sociolaborales de los trabajadores del país”, adjuntó.
Según el MTPE algunas empresas solo confirman prueba molecular (PCR) positiva para otorgar licencia por COVID19.
“Según la Resolución Ministerial N.° 1275-2021-MINSA se determinó que la confirmación de un caso positivo de la COVID-19, se puede efectuar a través de una prueba molecular y también antígena”, añadió.
La organización exhorta a los ciudadanos a denunciar las infracciones laborales por parte de sus empleadores a través de los canales de la Sunafil.









