Corte de Lima Norte emitió cinco sentencias contra sujetos acusados de violación sexual a menores

Los acusados, en su mayoría familiares de las víctimas, podrían recibir una pena entre 20 a 35 años de cárcel

FOTO: Corte Superior de Justicia de Lima Norte

La Corte Superior de Justicia de Lima Norte (CSJLN) emitió cinco sentencias contra sujetos acusados de violación sexual a menores de edad en los distritos de Independencia, San Martín de Porres, Comas, Los Olivos y Carabayllo. Las penas van desde los 20 hasta los 35 años de cárcel por el agravio.

El primer sentenciado fue Teodoro Rojas Nolasco, quien fue culpado por el delito de abuso sexual contra su menor hija. La pena fue de 35 años de cárcel y el pago de 10.000 soles para la adolescente. Según la Fiscalía, este hombre cometió este delito en dos distritos. Previamente, en el 2019, la madre denunció los abusos contra la menor, y por consecuencia, le dictaron prisión preventiva, medida que cumple en el centro penitenciario Miguel Castro Castro.

Otro sentenciado es José Luis Plasencia Fernández, quien violó a su sobrina de 13 años de edad. Su sentencia fue de 35 años de cárcel y 10.000 soles de reparación civil para la agraviada.

Entre tanto, también se impuso 30 años de prisión contra Kevin Anthony Amaro Ríos por el mismo delito contra su sobrina. En 2017, la menor denunció junto a su padre por la violación sexual cometida un año anterior.

Además, Leonardo José Palencia Gil fue otro sentenciado con una pena de 25 años de cárcel por abuso contra su menor prima. La víctima denunció y argumentó que “el sujeto la amenazaba constantemente”.

Por último, Anthony Steve Falcon Mesías fue sancionado con 20 años de prisión. Este hombre habría amenazado a la adolescente y hasta pedido un monto de 200 soles.

Los magistrados García Vivanco, Durand Flores y Asenjo Tamay realizaron estas sanciones y emitieron sus condenas en una audiencia virtual. El colegiado expresó que “las pruebas que son sometidas al contradictorio, y resultan relevantes, en muchos casos, son de cargo. Cada prueba presenta un determinado valor probatorio, y se analiza de manera objetiva, conforme a los sistemas de valoración de prueba regulados en la norma procesal penal. Se considera el número de pruebas actuadas y valoradas de acuerdo a Ley, sin entrar en subjetividades”.

H.J.A.D