JUSTICIA EN LOS SISTEMAS DE PENSIONES ADMINISTRADOS POR EL ESTADO, DECRETO LEY, No. 20530, IGUAL AL DECRETO LEY, No. 19990.

Jubilados de la ley 20530 en Protesta Nacional

Por: ALEJANDRO CAPCHA HIDALGO.

                    PERIODISTA

Los Sistemas de Pensiones en el Perú están constituidos y establecidos, por tres regímenes especiales, el del Decreto de Ley No. 19990 (Denominado Sistema Nacional de Pensiones – SNP– ONP) El Decreto de Ley No. 20530, llamada Cédula Viva, y fue modificado en el año 2004 por el Congreso de la República, tal  Régimen del Decreto Ley N.º 20530 o LLAMADA, Cédula Viva, promulgado el 27 de febrero de 1974, permite que un trabajador adquiera el derecho a una pensión, luego de doce y medio o quince años, para mujeres y varones, y el Sistema Privado de Pensiones (SPP) Los dos primeros son administrados por el Estado y forman parte del Sistema Público de Pensiones; mientras que el tercero es administrado por entidades privadas denominadas Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP)

El objetivo del presente, es presentar una descripción de la situación actual de dichos regímenes pensionarios, un análisis de los principales aspectos de su problemática y una revisión de las últimas medidas emprendidas por el Ejecutivo para subsanar dicha problemática. En tal sentido, el documento está organizado en dos grandes secciones. En la primera parte se elabora el diagnóstico del Sistema Público de Pensiones, mientras que en la segunda se analiza el SPP, ONP. Al interior de cada una de estas secciones, se describen aspectos de normatividad, requisitos para la obtención de prestaciones, tipos de riesgos coberturados, años de aportación, edad de jubilación, fórmula de cálculo de la prestación y tasa de aportación, entre otros aspectos. Adicionalmente, se discute la situación financiera y económica por la que atraviesan estos sistemas previsionales, así como su problemática de corto y mediano plazo. Hacia el final de cada sección, se detallan las medidas adoptadas por el Ejecutivo y las propuestas en discusión para mitigar los problemas existentes.

Lamentablemente los representantes del CONGRESO DE LA REPÚBLICA, -No todos- algunos, que tienen vocación de DEMAGOGOS, no razonan, o analizan como va a repercutir en el menguado o decrecimiento de la economía de nuestro país; que le va a conducir a una crisis económica sin precedentes.

El presidente Martín Vizcarra Cornejo, no puede estar ajeno ante éste, asfixiante, agobiante, e ignominioso Leyes promulgado recientemente que pretenden hacer con la Ley No. 19990, porque sólo es, ridículo, grotescos Leyes, que no les hacen un favor a los jubilados, como también a los que pertenecen a las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP)

Pero los “conspicuos” representantes del Congreso   no toman la iniciativa de legislar una EQUIDAD JUSTA, de los arrinconados, y abandonados JUBILADOS de la Ley 20530, que no guardan ningún privilegio como los tienen los jubilados de la Ley 19990, y esto es incoherente, e irracional para los olvidados jubilados de la Ley No. 20530.