El presidente de la República, Martín Vizcarra, recordó este lunes que las clases presenciales en zonas rurales sí están permitidas siempre que se cumplan ciertas condiciones como un nulo nivel de contagio de COVID-19.
“Hay una resolución ministerial de Educación que permite. Sí se permite que haya clase en sitios donde precisamente no hay contagios”, dijo el mandatario en declaraciones a Radio Santa Rosa.
La norma a la que hizo referencia el jefe de Estado es la Resolución Ministerial 229-2020-MINEDU, bajo la cual el Ministerio de Educación (Minedu) autorizó de manera excepcional el reinicio del servicio educativo presencial desde el 1 de julio en las escuelas de educación básica, de primaria y secundaria del ámbito rural, en zonas con acceso limitado a medios de comunicación, escasa o nula conectividad a internet y ubicadas en localidades donde no se hayan presentado casos del COVID-19.
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El documento detalla también que en la provincia no deben haberse registrado más de 10 casos positivos en los últimos 14 días previos al reinicio de clases.
“La disposición está dada, se puede reabrir en unas condiciones que están establecidas en una resolución ministerial”, acotó Vizcarra, quien también dijo que en algunas zonas no se ha dado la reapertura de ciertos colegios por el temor al contagio que tienen algunos profesores.
La Resolución Viceministerial N° 116-2020-MINEDU, en la cual se aprueba el “Protocolo para el inicio del servicio educativo presencial del año escolar 2020”, se establece que los colegios tendrán dos turnos como máximo y el aforo de las aulas no deberá superar el 50% de su capacidad máxima.
S.F.M.S.