
Los laboratorios médicos y droguerías del País estarán autorizados para vender directamente a los usuarios, los medicamentos con el fin que ellos los utilicen como tratamiento del Covid-19, en el marco de estado de emergencia para contener el avance del virus en su organismo.
Según el Decreto de Urgencia Nº 059-2020, publicado este jueves en el Diario Oficial El Peruano, se busca garantizar el acceso a medicamentos y equipos de bioseguridad médica para el tratamiento del Coronavirus-19.
Mediante la referida norma, el Poder Ejecutivo también ha tomado una decisión de aclarar como bienes esenciales a los medicamentos, dispositivos médicos, equipos de bioseguridad y entre otros para el tratamiento y manejo del Coronavirus. La lista de todos estos productos médicos será aprobada por el Ministerio de Salud (MINSA), mediante una Resolución Ministerial, esto va hacer dentro de 3 días calendario contados desde la vigencia del decreto de urgencia.
Indecopi fiscalizará que los establecimientos farmacéuticos cumplan con informar sobre el stock y precios de medicamentos, debiendo remitir los resultados de cada supervisión dentro de los 5 días hábiles inmediatamente después de culminada la referida actividad.
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