La Corte Superior de Justicia de Lima, dispuso que las salas penales deberán resolver las apelaciones en casos donde se implique el vencimiento o la extensión de los plazos de prisión preventiva dispuestos por los juzgados penales. La medida fue publicada esta mañana en el Diario Oficial El Peruano.
Además, “Dejar sin efecto, a partir de la publicación de la presente Resolución Administrativa, la competencia de la Sala Mixta de Emergencia para resolver los asuntos referidos en el artículo cuarto de la Resolución Administrativa N.° 169-2020-P-CSJLI-PJ, así como, aquellos relacionados a las prolongaciones y vencimientos de plazo de prisiones preventivas”, indica el artículo 2 de la publicación.
Previamente, se había dispuesto el funcionamiento de la Sala Mixta de Emergencia debido a la pandemia por el COVID-19. Dicha decisión, quedó sin efecto con la Resolución Administrativa 000178-2020-P-CSJLI-PJ, firmada por el Miguel Ángel Rivera, presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima.
Hace unos días, el Poder Judicial decidió prorrogar el cese de actividades hasta el 24 de mayo para cumplir con la medida de distanciamiento social, dictaminada por el Gobierno. Además, se les dio a los Presidentes de las Cortes Superiores, la potestad de emitir medidas para el correcto funcionamiento de los órganos jurisdiccionales asignados.
D.Y.M.
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