COVID-19: Multa asciende hasta 430 soles por incumplir el aislamiento social

El Gobierno aprobó una nueva norma, donde especifica que las personas que incumplan la cuarentena establecida, serán multadas. De negarse a pagar esta sanción no podrán realizar ningún tramite civil.

Las personas que circulen por las calles innecesariamente serán multadas. (Foto: Gerald Suárez / Expreso)

Ayer, el presidente Martín Vizcarra, anunció las nuevas medidas para las personas que incumplan el aislamiento social obligatoria. Por ese motivo, recibirán multas entre los S/. 86 y los S/. 430 dependiendo que tan grave sea la falta, esto implica a aquellos que circulen por la vía pública sin razón de urgencia alguna.

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En una entrevista con Canal N, Vicente Zeballos, presidente del Consejo de Ministros, indicó que la multa por incumplir oscila por la irregularidad cometida por el ciudadano. “Es un porcentaje de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) que oscila entre 2 y 10 por ciento. Hay una serie de notificaciones de las conductas, cada conducta está sujeta a una multa”.

Según indica el Decreto Legislativo N°1458, publicado este 14 de abril en el diario oficial El Peruano, las infracciones leves de una multa serán quienes desarrollen actividades económicas no consideradas esenciales, así como transitar sin su pase laboral y no respeten la cuarentena establecida por el Ejecutivo.

Además, serán sancionados por circular en un vehículo de uso particular sin autorización o desarrollar actividades sociales. También se sancionará ha aquellas personas que se movilicen en pareja o con más de un miembro por familia; asimismo, se multara por no respetar el metro de distancia, generar caos y aglomeración en los establecimientos.

Importante:

Las personas que no cumplan con el pago de la multa no podrán realizar ningún trámite civil, tales como la suscripción de cualquier tipo de contrato, trámites ante entidades bancarias, actos notariales o ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP), y realizar viajes al exterior.

S.R.R.