Ministerio de Agricultura vetará el uso de plaguicidas de usanza agrícola que contengan Methamidophos

Disposición será efectiva el 30 de noviembre del presente año. También se registrará la importación de dichas sustancias.

Plaguicidas siendo utilizadas en el jardín. Fuente: Intagri

A partir del 30 de noviembre, el Ministerio de Agricultura prohibirá el uso de plaguicidas químicos de uso agrícola que contengan el componente Methamidophos (sustancia que es prohibida en muchos países debido que es nocivo para el uso humano). Igualmente se restringirá la importación de plaguicidas químicos del mismo uso que tengan dicho ingrediente.

La regla también invalidará el registro de nuevos plaguicidas con el fármaco para su uso en comercialización, fabricación, formulación y almacenamiento.  Igualmente, se dispuso a los titulares de referidas sustancias, que contengan el fármaco, un plazo de 90 días hábiles posteriores a la fecha, según determina el artículo 1 de la presente Resolución Directoral.  

Mencionada norma obliga a los distribuidores a proceder el retiro del mercado e informar a los usuarios sobre la disposición final y las medidas establecidas con respecto a los plaguicidas y productos que contengan este químico prohibido llamado Methamidophos.   

Para aquellos que no estén relacionados con los términos mencionados, aquí les compartiremos la definiciones:  

Plaguicidas: Sustancias que buscan prevenir, destruir, atraer o combatir cualquier plaga, incluidas las especies indeseadas de plantas o animales durante su producción, transporte y elaboración de alimentos.

Methamidophos: Organofosforado sistémico con actividad insecticida y acariciada por ingestión y contacto, de buena acción residual y absorción por vía radical y foliar, presentando en forma de líquido miscible para aplicar en aspersión al ramaje.

W.V.M