Indecopi: Coreógrafos tienen derechos como creadores

La Dirección de Derecho de Autor (DDA) reconoce dos derechos a los coreógrafos: los derechos morales y los derechos patrimoniales.

Los autores de coreografías de la Festividad Virgen de la Candelaria cuenta con dos derechos fundamentales sobre la propiedad intelectual. Foto: Renato Pajuelo

Indecopi aprovechó la celebración por la Virgen de la Candelaria en Puno para recordar a todos los coreógrafos que poseen el derecho de la propiedad intelectual. Asimismo, indicó cómo las personas creadoras de bailes pueden beneficiarse económicamente gracias a estos derechos.

Cabe recordar que esta manifestación cultural fue declarada como Patrimonio Cultural por la Unesco en el 2014. Y para complementarlo Indecopi se suma a las filas de esta declaración al informarles a todos los autores de obras dancísticas sobre los dos derechos fundamentales que poseen.

El primero, los derechos morales, que están comprendidos por el derecho a la paternidad, que reconoce al autor o creador de estas obras dancísticas de carácter cultural o religioso. El de divulgación, que consiste en la decisión de cómo será divulgado la obra del artista. Por último, el de la integridad, que protege a las obras de cualquier indicio de modificación.

Por otro lado, están los derechos patrimoniales. En este grupo está el derecho a la producción, que se entiende como la proyección de la obra en el medio o formato que el autor autorice. Y el derecho a la comunicación, que a diferencia de la anterior el autor debe autorizar la exhibición de su creación en un amplio sector de la comunidad.

Finalmente, informar a todos los creadores de bailes y danzas que tienen que registrar, a través de la página de la Indecopi, sus obras para obtener los beneficios correspondientes.

C.M.D.M.