MEF: aprueban reglamento que regula extinción de empresas por 12 años de inactividad

Medida que regirá a partir del 2020 fue aprobada mediante decreto supremo publicado en El Peruano.

Medida entrará en vigencia a partir del 2020.

Esta medida fue aprobada por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) mediante un decreto supremo publicado en el diario oficial El Peruano, este reglamento de ley regula la extinción de sociedades por periodos muy largos de inactividad.

De acuerdo con este reglamento, el periodo establecido para declarar la extinción de una empresa será 12 años de inactividad. Lo anterior regirá a partir del 2020.

Como se recuerda, el septiembre pasado fue publicado un decreto legislativo que buscaba la regulación de extinción de sociedades inactivas con el propósito de luchar contra fraudes tributarios.

En tanto el reglamento vigente indica que las empresas que no hayan registrado acto societario alguno en el lapso de 10 años, ingresarán a una lista de la Sunat, que será derivada a la Sunarp. Siendo esta última la que remita una advertencia a los representantes, señalándoles que si en un periodo de dos años no se obtiene respuesta alguna se procederá a extinguir la sociedad.

Finalmente, se conoció que la medida entrará en vigencia a partir del 2020 debido a que aún no se han aprobado los formatos para solicitar la cancelación de la Sunarp.

M.N.