Osiptel: empresas de telefonía móvil serán multadas si no cesan con la venta de chips en las calles

Osiptel comunicó el pasado 27 de noviembre que las empresas de telefonía móvil tienen 10 días hábiles para acatar las indicaciones, de caso contrario serán sancionadas con multas que van desde 634,200 soles hasta 1´470,000 soles.

Foto: Diario Correo

En Perú son cuatro las empresas que prestan servicios en el mercado de telefonía móvil y es por ello que el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel), ha puesto como plazo hasta el 18 de diciembre para que dejen de vender chips de manera ambulatoria.

Por lo tanto, si las medidas no son acatadas por estas cuatro entidades, se proseguirá a multarlas por no acatar las decisiones tomadas por Osiptel, dichas multas serían desde 634,200 soles (151 Unidades Impositivas Tributarias) hasta 1´470,000 soles (350 UIT).

Por ello, mediante una nota de prensa, Osiptel comunicó que ha interpuesto medidas cautelares contra las cuatro empresas operadoras, instándolas a que terminen de una vez con la venta de servicios de telecomunicaciones en las calles. De esta manera, están poniendo en riesgo la seguridad de los usuarios y atentan contra su derecho a una correcta y adecuada información.

Además, en los últimos días se han realizado operativos en Lima y Provincias, en las que se han detectado que las empresas operadoras siguen realizando la venta de los “chips” en las vías públicas. Incumpliendo así lo ordenado por el regulador de finalizar con esta práctica en 10 días hábiles, comunicado presentado el 27 de noviembre del presente año.

Asimismo, Rafael Muente, presidente del Consejo Directivo del Osiptel, reveló que las medidas cautelares se sustentan en actas levantadas en las acciones de fiscalización. En estas “se ha podido constatar claramente que se siguen realizando contrataciones que atentan contra las normas vigentes”.

Es decir, según lo señalado por Muente, las empresas operadoras no están cumpliendo a una norma que es vigente (Texto Único Ordenado de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones), la cual establece que el contrato del servicio público móvil debe realizarse en puntos de venta autorizados con ubicación específica.

P.F.O.C