El Poder Ejecutivo promulgó hoy la Ley 30737, la misma que sustituye al Decreto de urgencia 003 y que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado en casos de corrupción y delitos anexos.
La presente ley fue publicada en el Diario Oficial El Peruano, y establece principalmente la suspensión de las transferencias al exterior, la adquisición y retención del precio de venta en el fideicomiso de retención y reparación. Agrega, además, la retención de importe a ser pagados por los organismos del Estado y la anotación preventiva.
Las medidas mencionadas aplican para las personas jurídicas con sentencias firmes contra la administración pública, lavado de activos o delitos conexos; o delitos cometidos en el extranjero en agravio del Estado. Estas medidas también aplican para los representantes o funcionarios de las personas jurídicas que posean una sentencia firme contra los motivos señalados líneas atrás.
Asimismo, la ley aplica para las personas jurídicas que, directamente o a través de sus representantes, hubiesen reconocido la comisión de delitos contra la administración, lavado de activos o delitos conexos. La ley también aplica a todos aquellos vinculados a las personas jurídicas.
El escrito también dispone colocar restricciones contra los socios, asociados o consorciados de las personas vinculadas con actos de corrupción.
Esto conllevará a que los socios o consorciados tendrán la obligación de constituir un fideicomiso de garantía que coadyuve al pago de la reparación civil; interrumpir las transferencias al exterior implementar un programa de cumplimiento y brindar información a las autoridades encargadas de la investigación.
El proyecto fue aprobado en el Pleno del Congreso, tras haber sido debatido en las comisiones de Economía y Justicia. Por su parte, el Ejecutivo señaló que esta norma permite sancionar los casos de corrupción sin que los proyectos de inversión tengan que ser paralizados.
F.C.C.